Nuevas Medidas Tributarias por la Erupción Volcánica en La Palma

El 29 de septiembre de 2023, se anunciaron importantes medidas tributarias en respuesta a la erupción volcánica en La Palma. Según el Decreto ley 6/2023, de 25 de septiembre, se ha prorrogado la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) hasta el 31 de marzo de 2024.

Detalles del Decreto

El presente Decreto ley extiende la vigencia del apartado Tres del artículo 4 del Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, el cual establece medidas tributarias, organizativas y de gestión como respuesta a la erupción volcánica en la isla de La Palma.

Beneficiarios de la Medida

Esta prórroga se traduce en la aplicación del tipo cero en el IGIC para entregas o importaciones de bienes y servicios, excluyendo bienes inmuebles. Esta exención aplica a los elementos necesarios para la reposición, recuperación o reactivación de actividades empresariales o profesionales, incluyendo agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras, así como actividades culturales, sanitarias, educativas, científicas, deportivas, sociales o religiosas. Esta medida se aplica en los casos donde las construcciones, instalaciones o explotaciones donde se llevaban a cabo estas actividades hayan sido directamente dañadas o destruidas por la erupción volcánica.

Fecha de Vigencia

Estas medidas entrarán en efecto a partir del 1 de octubre de 2023, proporcionando un alivio significativo a aquellos afectados por la erupción volcánica en La Palma.

Para obtener más detalles sobre el Decreto ley 6/2023 y sus implicaciones, se puede consultar el Boletín Oficial de Canarias (BOC) número 193 del 29 de septiembre de 2023.

Si deseas más información o asesoramiento sobre cómo estas medidas pueden afectar a tu empresa o actividad profesional en La Palma, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en Asesoría Rivero Aguilar. Estamos aquí para ayudarte a navegar por estas nuevas disposiciones tributarias y ofrecerte el apoyo que necesitas en este momento crucial.

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