Prórroga del Tipo Cero en el Impuesto General Indirecto Canario: Medidas de Apoyo ante la Erupción Volcánica y el COVID-19

El 25 de septiembre de 2023, se emitió un importante Decreto ley en Canarias con el objetivo de brindar apoyo a la comunidad en medio de la erupción volcánica y la pandemia de COVID-19. A través de este Decreto, se han prorrogado dos disposiciones cruciales hasta el 31 de marzo de 2024.

Medidas Extendidas

1. Extensión de la Vigencia del Apartado Tres del Artículo 4

El Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, que tomó medidas tributarias, organizativas y de gestión como respuesta a la erupción volcánica en la isla de La Palma, prorroga la vigencia del apartado Tres del artículo 4. Esta disposición se mantendrá activa hasta el 31 de marzo de 2024.

2. Ampliación del Plazo para la Aplicación del Tipo Cero en el IGIC

El Decreto ley 17/2021, de 23 de diciembre, ha sido extendido para seguir aplicando el tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario a la importación o entrega de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19. Esta regulación unificada también estará en vigencia hasta el 31 de marzo de 2024.

Entrada en Vigor

Esta importante medida entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, con efecto retroactivo desde el 1 de octubre de 2023.

Estas extensiones en las medidas tributarias demuestran el compromiso de las autoridades canarias en proporcionar apoyo continuo a la comunidad en tiempos difíciles. En Asesoría Rivero Aguilar, estamos aquí para brindarte la orientación y asesoramiento necesarios para entender y aprovechar al máximo estas disposiciones.

Para obtener más detalles sobre el Decreto ley o para discutir cómo estas extensiones pueden afectar a tu empresa o actividad profesional en La Palma, no dudes en contactarnos. Estamos comprometidos a estar a tu lado en cada paso del camino.

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